Skip to main content

LEGEND_930x120_MICLASICO25oct24.gif

LEGEND_400x200_MICLASICO_nov24.gif

Transferencia de un vehículo por herencia

25 Diciembre 2017 // Actualidad

banner-miclasico.gif

 

banner-miclasico-400x400.gif

 

Cuando heredamos un vehículo es obligatorio realizar una transferencia por herencia, un trámite para modificar la titularidad del vehículo de la persona fallecida al heredero.

Documentación necesaria:

  • Solicitud en impreso oficial para cambios de titular.
  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor del interesado.
  • Tasa de transferencia pagada (54 €).
  • Liquidación del Impuesto de Sucesiones (varía por comunidades autónomas).
  • Escritura de herencia en la que figure el vehículo y el beneficiario.

¿Puedo circular con él?

Está permitido circular con un vehículo heredado durante el período de tramitación de la transferencia, siempre que toda su documentación esté en regla.

¿Y puedo venderlo?

Para vender un vehículo heredado, primero hay cambiar la titularidad a la del heredero y después tramitar la venta. Es decir, se han de realizar dos transferencias.

Recuerde:

  • Antes de realizar su trámite, pida cita previa en www.dgt.es, en su Jefatura de Tráfico o en el teléfono 060.
  • El pago de tasas en las Jefaturas solo es posible con tarjeta bancaria.

 

No hay comentarios

Anuncios destacados