Trámites para matricular un vehículo como Histórico
Ante el nuevo concepto de edad para considerar a los vehículos como históricos, que entrará en vigor desde el 20 de mayo de 2018, en el que como mínimo el vehículo debió ser fabricado o matriculado por primera vez con una anterioridad de treinta años, os traemos todos los trámites para la matriculación de vehículos históricos.
En primer lugar hay que presentar la solicitud en el impreso oficial de la DGT.
- Identificación del interesado:
- Personas físicas: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
- Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme.
- Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
- Resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se cataloga al vehículo como “histórico”.
- Documentación del vehículo:
- Tarjeta de inspección técnica expedida por una estación ITV de la provincia del domicilio del interesado, en la que se haga constar la matriculación como vehículo histórico.
- Cuatro fotografías en color del vehículo (ambos laterales, delantera y trasera).
- Permiso de circulación y tarjeta ITV (original y fotocopia), si el vehículo está en circulación.
- Documentación extranjera del vehículo (original y fotocopia), si el vehículo procede de otro país.
- Acreditación de la propiedad del vehículo en el caso de que no sea el mismo titular el que va a matricular y el que figura en la documentación original, a través de los siguientes posibles medios: Documento notarial: acta de notoriedad o de manifestaciones; Factura de compra si se adquiere a un compraventa o a una persona jurídica. Si el vehículo procede de la UE o de tercer país y la factura es de compraventa español, se aportará el IAE o documento acreditativo de estar incluido en el censo de sujetos pasivos de IVA a efectos de operaciones intracomunitarias; Contrato de compraventa si la venta es entre particulares.
- Certificado de transportes: si se trata de un autobús, o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
- Impuestos:
- Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en que tenga su domicilio el solicitante (original o fotocopia). Justificante del pago/exención/no sujeción del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, (modelo 576, 06 ó 05 de la Agencia Estatal Tributaria), si el vehículo no ha estado matriculado antes en España.
- Justificante del pago o exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (si se presenta un contrato entre particulares o documento notarial).
- Documento Único Administrativo (DUA), expedido por la Aduana en el caso de que se trate de un vehículo importado procedente de terceros países.
Finalmente la tasa por importe será de 96,80 €, excepto ciclomotores 27,00 €. (No se admite el pago en metálico).
En caso de ausencia de acreditación fehaciente de alguno de los datos arriba requeridos, podrá solicitarse documentación adicional.
IMPORTANTE: Antes de presentar en cualquier jefatura un trámite, deberá solicitar cita previa.
Un comentario
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Que costó tiene para una Vespa 200 ?