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¡Que viene el lobo...!

02 Febrero 2018 // Actualidad

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Pues bien, la nueva ley ha venido ¿y qué?. El RD 920/2017 de 23 de octubre, con efectos a 18 de mayo de 2018, es una adaptación de los manuales y funcionamiento de las estaciones de ITV.

No nos aporta nada nuevo en los VH, salvo la edad de 30 años mínimos y la modificación de las revisiones. Lo de los 30 años lo venimos reclamando en los Reglamentos Particulares de concentraciones, donde pedimos "coches matriculados antes de 198..?" Y lo de la ITV, no veo tan mal que me revisen (de acuerdo al mandado de la Ficha Técnica) un VH de 50 o más años cada 3 ó 4 por mi seguridad vial, pero que cobren como la 1ª vez (17€ en Galicia). Recordad que en Francia se acaba de aprobar una ley que los vehículos matriculados antes de 1960, no pasarán itv. Fantástico, ¿y por qué no aquí?

Entonces, la Ley 1247/1995 (salvo estas modificaciones) sigue vigente en toda su extensión. Pero, (aquí viene el quid) hay algunos "iluminados" que la están interpretando a su antojo e intentando  quitarle a los Clubes acreditados la potestad de certificar fichas e informes: Art. 3, "certificado del fabricante o, en su defecto, de un club o entidad, relacionado con vehículos históricos, el cual acreditará las características y autenticidad del vehículo, debiendo confirmarse la certificación emitida por asociaciones extranjeras por otra entidad o club españoles de la misma naturaleza".

En noviembre de 2016 se reúne en Mallorca (y luego se van extender a otras Comunidades) un Grupo de Trabajo que toman ciertos acuerdos internos intentado modificar algún aspecto del RD 1247/1995 y llevarlo a práctica para la Resolución del expediente de catalogación del VH. Entre ellos está de "exigir" el VºBº de un "Técnico Competente" en la Ficha extendida por el Club. Un Técnico Competente puede ser el Ingeniero del Laboratorio; pero no, algún Laboratorio de VH están exigiendo la firma de un Ingeniero Técnico externo con "¡la fotocopia del carné de colegiado!" Otros Laboratorios se niegan a hacerlo mientras no esté legislado y publicado en el BOE.

¡Ya está bien!  Que se esté torpedeando y poniendo trabas a esa Ley que intentaba proteger, no sólo a nuestros intereses, sino también a nuestros sentimientos; porque el sentir o amor por un clásico sólo lo entendemos nosotros. 

En estos momentos hay 35.000 VH matriculados y si le sumamos los no VH se me escapa de las manos la cantidad de clásicos-históricos censados en España. Entonces, me pregunto, ¿es o no un factor económico importante el espacio del VH? Pensemos en el importe de la adquisición, la restauración y el mantenimiento.

En 1998 sale la ley de Haciendas Locales, art. 96 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, para posibilitar a los Ayuntamientos el establecimiento de una bonificación de hasta el 100 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para los vehículos históricos o de más de 25 años de antigüedad. Algunos lo han vuelto a cobrar. Por qué, si un VH no ocupa plaza de aparcamiento en la calle y apenas “desgasta” la vía pública. Además, es un bien histórico y un orgullo en el censo municipal.

Ciertas compañías de seguro favorecían la póliza del VH, porque, aunque económica, era dinero ingresado (el último siniestro conocido de los VH es de un 0,07%) Hoy hay cierta dificultad para hacer un seguro.

Reivindiquemos ese derecho que nos acoge y reclamemos la protección de nuestros clásicos que tanto nos cuesta conservar.

Pepe Gude – Clásicos Baixo Miño

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